Artículo publicado originalmente en Sesión de Control el 23 de abril de 2013

La publicidad es consustancial al hecho parlamentario. Desde las primeras Cortes existió la necesidad de contar con un medio de comunicación para dar a conocer a la ciudadanía lo debatido por los parlamentarios. De las primeras ediciones en papel en el siglo XIX se evoluciona hasta la actual edición digital con plena validez jurídica.

La esencia del parlamentarismo es la publicidad. Para que la institución parlamentaria funcione, en cualquier parlamento del mundo, es esencial, como opina Manuel Cavero, que exista un debate entre los distintos actores, ya los llamemos políticos o parlamentarios, donde cada uno ponga de manifiesto sus criterios, posteriormente se adopten decisiones a través de las correspondientes votaciones y, en todo caso, se tiene que dar, adicionalmente, un régimen de transparencia para que los depositarios (al menos en teoría) de la soberanía nacional, es decir, la ciudadanía, conozcan las decisiones adoptadas por sus representantes.

El principio de publicidad para los debates ha sido constante desde los orígenes del parlamentarismo clásico y se ha garantizado, primariamente a través de la prensa escrita, para evolucionar posteriormente hacia los medios audiovisuales y, en la actualidad, hacia la red mediante las ediciones digitales.

El medio histórico para garantizar la publicidad ha sido el “Diario de Sesiones”, publicación oficial que ya rebasa los 200 años de historia. Su trayectoria, llena de vericuetos y de dificultades para su manejo como señaló Ignacio Astarloa, ha sido bien contada por un grupo de Archiveros-Bibliotecarios de las Cortes Generales en un publicación de referencia firmada por la añorada María Luisa Alguacil, con Mateo Maciá y Maruca Martínez-Cañavate.

Este principio de publicidad se puede rastrear en diversas épocas históricas, donde el aparato político del estado (en sus distintas formas) ha estado unido a un aparato informativo y de publicidad de sus decisiones. Incluso en épocas tan distantes como las cortes medievales se conserva en el Archivo del Congreso de los Diputados, unas “Actas de las Cortes de Castilla” que comprenden las actas desde 1563 hasta 1664 redactadas por los escribanos de cortes. Estos escribas eran en realidad más agentes de la Corona que de las Cortes, en el sentido que ahora se le da al término.

Más allá de estos paralelismos anacrónicos, el principio de publicidad de la actividad parlamentaria es un resultados de las revoluciones burguesas. Las primeras actas de la Cámara de los Lores datan de principios del siglo XVI y las de los Comunes del reinado de Eduardo VI. Pero se trataba de actas de acuerdos, ya que durante los siglos XVI y XVII se consideró una grave falta relatar lo que ocurría en los parlamentos. Después, la Constitución francesa de 1791 estableció que:

“Las deliberaciones del cuerpo legislativo serán púbicas y las actas de sus sesiones serán impresas”.

“Cada Cámara llevará un diario de sus sesiones y lo publicará de tiempo en tiempo a excepción de aquellas partes que a su juicio exijan reserva, y los votos afirmativos y negativos de sus miembros con respecto a cualquier cuestión se harán constar en el diario, a petición de la quinta parte de los presentes”.

Resulta llamativo, cuando organizaciones como Civio y Qué hacen los diputados tuvieron que solicitar la publicación del sentido del voto individual de cada parlamentario, cómo una constitución liberal de hace más de 200 años ya establecía este principio “open”.

En el caso español, la publicidad parlamentaria se planteó ya tempranamente durante los debates de las Cortes de Cádiz. El 5 octubre de 1810, como ha contado la archivera del Congreso Sofía Gandarías, en el blog editado por la propia cámara y titulado “Hace 200 años“, desde las primeras sesiones se sintió la necesidad de contar con un medio para dar a conocer de forma más exacta lo que allí se estaba discutiendo:

“Se sigue discutiendo sobre la necesidad de crear un periódico de las Cortes destinado a publicar las sesiones del Congreso, de modo que constase una serie histórica de los trabajos de las Cortes. Antonio Oliveros presenta una proposición en este sentido que se aprueba por unanimidad.”

Hasta entonces eran los periódicos, como El Conciso, y otros, los encargados de redactar dichas crónicas.

Desde entonces se ha venido publicando un Diario de Sesiones, cuya historia está descrita en la obra citada. El conjunto supera los cientos de miles de páginas y ha sido digitalizado en su integridad por las Cortes Generales.

Por otra parte, la historia del diario de sesiones va unida, indudablemente, a la historia del cuerpo de taquígrafos que ha sido contada en detalle por Javier Núñez.

El Diario de Sesiones del periodo constitucional, de 1977 en adelante, está disponible en las páginas web de ambas cámaras, junto con el Boletín Oficial de las Cortes Generales. Este Boletín es una publicación oficial más reciente en historia que el diario de sesiones, y que está orientado a reproducir los textos y documentos cuya difusión sea requerida por los reglamentos de las Cámaras.

Ambas publicaciones están reguladas por lo dispuesto en el Reglamento. Por ejemplo, para el caso del Congreso, el art. 96 dispone que:

En el Diario de Sesiones se reproducirán íntegramente, dejando constancia de los incidentes producidos, todas las intervenciones y acuerdos adoptados en sesiones del Pleno de la Diputación Permanente y de las Comisiones que no tengan carácter secreto.

Con respecto al boletín, el art. 97 del Reglamento del Congreso dispone:

En el Boletín Oficial de las Cortes Generales, Sección Congreso de los Diputados, se publicarán los textos y documentos cuya publicación sea requerida por algún precepto de este Reglamento, sea necesaria para su debido conocimiento y adecuada tramitación parlamentaria o sea ordenada por la Presidencia.

Su historia, sus distintas serias, las variaciones sufridas en formato y contenidos están descritas por la archivera Marina Cueto en un trabajo reciente publicado en la Revista de las Cortes Generales, donde se señala cómo:

“A lo largo de estos años la publicación oficial parlamentaria se ha mantenido, la tipología se ha acomodado a las circunstancias propias de cada legislatura y, además, estamos asistiendo a una profunda transformación de los contenidos paralelamente a la implantación de las Tecnologías de la Información en los parlamentos”.

Por este camino, siempre orientado a mejorar la publicidad, se llega al, hasta ahora, último paso de su evolución que es la edición digital de las publicaciones oficiales, abandonado el papel, y dándole plena validez jurídica a lo que se publica de forma nativa en la web institucional.

A partir de 1 de agosto de 2012 las secciones “Congreso de los Diputados” y “Cortes Generales” pasan a publicarse, exclusivamente, en edición electrónica que tiene validez a todos los efectos.

Como se cuenta en el aviso legal de la página web, el cambio se lleva a cabo mediante Resolución de la Mesa del Congreso de 26 de junio de 2012 para su sección y para la sección “Cortes Generales” por Resolución de las Mesas de ambas Cámaras de 10 de julio de 2012 (en el caso de la sección “Senado” se realizó mediante la Resolución de su Mesa de 16 de noviembre de 2010).

Todos boletines y diarios de sesiones publicados en la página web están firmados con un Sello Electrónico emitido por la Fábrica Nacional de Moneda y Timbre – Real Casa de la Moneda a nombre del Congreso de los Diputados que aseguran la oficialidad e integridad de dichos archivos.

A primera hora de la mañana todas las publicaciones oficiales del día pueden consultarse en la web del Congreso en el apartado dedicado a las publicaciones de los últimos días. El Diario de Sesiones del Pleno del Congreso siempre está disponible al día siguiente de la fecha de su sesión independientemente de la hora a la que haya finalizado. Se cuenta, además, con un buscador de publicaciones para recuperar cualquier diario o boletín desde 1977. Existe una búsqueda textual por palabras incluidas en el texto para todas las publicaciones posteriores a 1996.

El enlace a su publicación oficial, tanto en formato PDF como en formato HTML, se ofrece desde la ficha de cada iniciativa tramitada o de cada intervención realizada.

La Secretaría General de cada una de las Cámaras se responsabiliza de la gestión de sus publicaciones oficiales: la sección que le corresponde del Boletín Oficial de las Cortes Generales y sus Diarios de Sesiones. En el caso del Congreso hay que citar el trabajo realizado por su Departamento de Edición Oficial, en cooperación con otras unidades de la Cámara como las direcciones encargadas de dar soporte al trabajo parlamentario y, por tanto, productoras de documentación, como la Dirección de Asistencia y la Dirección de Comisiones.

Este camino, emprendido con anterioridad por otras instituciones tan relevantes como el Boletín Oficial del Estado es de esperar que se vea continuado por otras medidas como ofertar el contenido de las publicaciones oficiales en otros formatos como XML o epub para incrementar la accesibilidad y las posibilidades de reutilización.