El camino hacia un parlamento abierto está siendo recorrido por las asambleas legislativas de las comunidades autónomas a buen ritmo. En estas páginas nos hacíamos eco del enfoque global acerca de la transparencia y la participación del Parlamento de Canarias así como de la aprobación de un código de conducta para los diputados del Parlamento de Cataluña. Toca ahora hacer una reseña de una significativa reforma del Reglamento de las Cortes de Aragón que introduce un nuevo Título dedicado, precisamente, al Parlamento abierto.
En el reciente Curso de Verano sobre «La política en la era digital» que organizaba la UNED en su sede de Barbastro, hubo ocasión de compartir con una representación
muy significativa de las propias Cortes de Aragón sobre los principales elementos que configuran un código de buenas prácticas hacia un parlamento abierto y, consecuentemente, verificar como estaban incluidas en la reforma recientemente aprobada por unanimidad por el Pleno de las Cortes de Aragón del pasado 28 de junio de 2017.
Definición de Parlamento Abierto
El nuevo reglamento de las Cortes de Aragón comienza su nuevo Titulo XVIII reconociendo el derecho de los ciudadanos de la Comunidad Autónoma a relacionarse con el Parlamento. Este derecho comprende cuantas acciones reconozca el reglamento y sus normas de desarrollo a los ciudadanos en relación con la utilización de instrumentos de participación en los procedimientos parlamentarios y de acceso a la información en relación con la organización y funcionamiento de la Cámara.
Los principios del parlamento abierto en las Cortes de Aragón, de acuerdo con el paradigma clásico del open government, son :
- Principio de transparencia: la política de transparencia de las Cortes de Aragón alcanzará la organización y funcionamiento de la Institución, sus actividades y el ejercicio de sus funciones administrativas, con la finalidad de facilitar a los ciudadanos una información completa de su actividad y promover su participación.
- Principio de participación: las Cortes de Aragón promoverán el uso por los ciudadanos de los instrumentos de participación en los procedimientos parlamentarios, así como el ejercicio adecuado de su derecho de petición y de acceso a la información.
Es importante este enfoque estratégico en la actuación del parlamento ya que, de cara a la planificación administrativa, marca unos objetivos claros para la administración parlamentaria a la hora de orientar los trabajos y los proyectos. La existencia de una planificación orientada estratégicamente es uno de los requisitos para conseguir una «transparencia efectiva»
Transparencia activa en las Cortes de Aragón
El Capítulo II del Titulo dedicado al parlamento abierto está dedicado a la transparencia activa. Es importante señalar que es una buena práctica para la implantación de una política de transparencia que las principales normas de aplicación estén incorporados en la regulación reglamentaria en lugar de en normas de desarrollo de segundo nivel.
En el caso de las Cortes de Aragón se fija la obligación de publicar información en el Portal de Transparencia sobre:
- La organización y funciones de las Cortes de Aragón.
- El cumplimiento de las obligaciones propias del estatuto de los Diputados, así como cualquier percepción de los Diputados.
- El presupuesto de las Cortes y la gestión económica, contable, presupuestaria y patrimonial, con inclusión de los contratos, licitaciones y convenios suscritos por las Cortes de Aragón, y, en general, toda la documentación administrativa asociada a estas materias.
- Las decisiones de los órganos parlamentarios y las tramitaciones parlamentarias.
- La organización de la Administración parlamentaria, en concreto la plantilla o la relación de puestos de trabajo y el régimen retributivo del personal al servicio de las Cortes, incluidos los puestos de libre designación.
- Los currículos aportados por las personas propuestas para ocupar cargos públicos cuyo nombramiento corresponde a las Cortes.
- Cualquier otra documentación que pueda requerirse para la correcta participación ciudadana.
La participación ciudadana como derecho
El nuevo reglamento establece un novedoso «Derecho de participación ciudadana« y, así pues, establece que la página web de la cámara disponga de un espacio específico sobre participación ciudadana destinado a que cualquier ciudadano pueda establecer contactos con los grupos parlamentarios y con los Diputados, plantear iniciativas y efectuar sugerencias y aportaciones de acuerdo con lo dispuesto en este Reglamento, así como conocer la tramitación y resultado de las mismas.
Entre los mecanismos de participación ciudadana en los procedimientos parlamentarios de las Cortes de Aragón se pueden destacar los siguientes:
- Iniciativa legislativa popular, de acuerdo con lo dispuesto en su normativa reguladora;
- Participación en el procedimiento legislativo mediante audiencias ciudadanas y propuestas de enmiendas de iniciativa ciudadana;
- Solicitud de comparecencia ante la Comisión de Comparecencias Ciudadanas y Derechos Humanos;
- Presentación de propuestas de preguntas de iniciativa ciudadana;
- Presentación de propuestas de proposiciones no de ley de iniciativa ciudadana;
- Foros de participación para el diálogo, la reflexión o el estudio sobre las materias relacionadas con las políticas públicas de la Comunidad Autónoma y la actividad de la Cámara.
Audiencias legislativas
Las audiencias legislativas consisten en la posibilidad de que una vez celebrado el debate de totalidad de una iniciativa legislativa, los Diputados y grupos parlamentarios disponen de un plazo de cinco días para proponer a la Comisión la audiencia de los agentes sociales, organizaciones y ciudadanos que pudiesen estar interesados en la regulación de que se trate, incluidas, en su caso, las Administraciones públicas. Se precisa, eso sí, que los comparecientes habrán de tener la consideración de representantes de colectivos sociales afectados por el contenido del proyecto o propuesta de ley. Solo con carácter excepcional podrán ser llamadas a comparecer personas a título individual.
Propuestas de enmiendas de iniciativa ciudadana.
Resulta muy interesante una posibilidad que consagra el nuevo reglamento según la cual cualquier persona física o representante de persona jurídica residente en Aragón puede registrar propuestas de enmienda al articulado del proyecto de ley, acompañadas de su motivación, en los diez primeros días del plazo previsto en el artículo anterior. Las enmiendas pueden presentarse en formato electrónico a través de la página web de la Cámara.
Para su tramitación, las enmiendas ciudadanas tiene que ser asumidas en un plazo de tres días por, al menos, un grupo parlamentario o agrupación parlamentaria, y presentadas como enmiendas al proyecto de ley en tramitación, haciendo constar en la motivación de las mismas su origen en la iniciativa ciudadana.
Preguntas de iniciativa ciudadana
De acuerdo con el artículo 266 «cualquier persona física o representante de persona jurídica residente en Aragón podrá formular propuestas de preguntas al Gobierno de Aragón» . Las propuestas de pregunta se presentarán por escrito en el Registro General de las Cortes de Aragón o a través de la página web de la Institución. El requisito para su tramitación es que deberán ser asumidas por un Diputado en un plazo de quince días desde la fecha de su admisión. El Diputado comunicará a la Mesa su voluntad de formularla como pregunta para respuesta oral o escrita, y el órgano, en su caso, ante el que pretende su tramitación. Si fueran varios los Diputados interesados en una misma pregunta para respuesta oral, se asignará al primero que manifieste su intención de asumirla.
Propuestas de proposiciones no de ley de iniciativa ciudadana.
Al igual que las preguntas las PNL de iniciativa ciudadana se presentarán por escrito o a través de la página web por cualquier persona física o jurídica residente en Aragón. Igualmente, para su tramitación deberás ser asumidas por un grupo parlamentario.
Derecho de petición
Por último y no por ello menos importante es la regulación del Derecho de Petición. La doctrina ha venido considerando este derecho como residual dentro del parlamentarismo pero la irrupción de la agenda digital y de portales como change.org han venido a darle una vuelta de tuerca a este procedimiento para dotarle de una nueva fuerza en el terreno del activismo y la tecnopolítica.
En el caso de Aragón, se establece que la Comisión de Comparecencias Ciudadanas y Derechos Humanos conocerá de cuantas peticiones dirijan a las Cortes, individual o colectivamente, las personas con residencia en la Comunidad Autónoma y aquellas otras que, sin tenerla, sean titulares de derechos o intereses radicados en ella, así como de las que versen sobre cualquier asunto o materia comprendido en el ámbito de competencias de la Administración de la Comunidad Autónoma.
Es importante para el éxito de esta herramienta que puedan presentarse, como así lo reconoce el Reglamento, a través de medios electrónicos.
Sobre las peticiones presentadas la Comisión puede adoptar alguna de las siguientes medidas:
- presentar las iniciativas parlamentarias que estime adecuadas.
- Dar traslado del escrito a los grupos parlamentarios para la adopción por los mismos, en su caso, de las iniciativas parlamentarias que estimen adecuadas.
- Dar traslado del escrito a la Comisión parlamentaria que conozca del asunto o proponer al Pleno la creación de una Comisión especial para la investigación de determinados hechos.
- Acordar su remisión, según proceda, por conducto de la Presidencia de la Cámara, al Justicia de Aragón, al Defensor del Pueblo, a las Cortes Generales, al Gobierno de España, a la Diputación General de Aragón, a los tribunales, al Ministerio Fiscal, a las entidades locales aragonesas o, en general, a la autoridad u órgano administrativo competente.
Quizá hubiera sido interesante introducir un mecanismo de apoyo publico o suscripción de las peticiones a través de la página web como hace el Parlamento Británico a través de su página de e-peticiones.
Conclusión
Todas estas iniciativas son de gran interés para la implantación de un modelo de parlamento abierto, eficaz, accesible, representativo y transparencia. Queda ahora el largo camino hacia su desarrollo y puesta en marcha que habrá seguir con detenimiento ya que la apuesta por la transparencia y la participación es una vía muy clara para recuperar la confianza de la ciudadanía en los parlamentos y para conseguir una democracia representativa de mayor calidad.
El éxito de muchas de estas herramientas que se ponen a disposición de los ciudadanos estará en la adopción de una estrategia global que incluya medidas tecnológicas junto con acciones de comunicación efectivas, constantes y continuas. Además es necesario la implicación de los grupos parlamentarios para que la participación sea percibida por la ciudadanía como un mecanismo eficaz y con resultados. No hay nada más dañino para la participación que una página que invite a la participación y que sea percibida simplemente como un mecanismo para cubrir el expediente sin una percepción de que el tiempo que se emplee en participar va a resultar influyente.
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